Al retirar fondos de un plan 457, puede complicarse. Los planes 457 son planes de jubilación de compensación diferida, no calificados y ventajosos fiscalmente, ofrecidos por gobiernos estatales y locales, así como por algunos empleadores no gubernamentales. Estos planes permiten a los participantes elegibles realizar contribuciones de diferimiento salarial, depositando dinero antes de impuestos que luego se compone sin ser gravado hasta su retiro.
¿Qué es un Plan 457?
Si eres un empleado del gobierno estatal o local, o trabajas para una organización sin fines de lucro exenta de impuestos, es posible que estés ahorrando para tu jubilación con un plan 457. Este es uno de los planes patrocinados por el empleador más complejos disponibles, con varias variaciones. A medida que te acercas a la jubilación, asegúrate de conocer las opciones disponibles para retirar o transferir tu dinero.
Tipos de Planes 457
Existen dos tipos de planes 457: el 457(b) ofrecido a los empleados del gobierno estatal y local, y el 457(f) ofrecido a empleados gubernamentales altamente compensados y a ciertos empleados no gubernamentales selectos. Los planes 457(b) cuentan con una disposición de límite doble de recuperación.
Retiros
Si tienes un plan 457(b) gubernamental o no gubernamental, puedes retirar parte o la totalidad de tus fondos al jubilarte incluso si aún no tienes 59 años y medio. No hay una penalización del 10% por retiros anticipados como la que existe en la mayoría de los otros planes. Sin embargo, deberás pagar impuestos sobre el monto retirado.
Es importante tener en cuenta que tanto los planes 457(b) gubernamentales como los no gubernamentales están sujetos a la regla de distribución mínima requerida (RMD) establecida por el Servicio de Impuestos Internos (IRS). Esta regla establece que debes comenzar a retirar una parte especificada de los fondos cuando alcances cierta edad, que es de 73 años gracias a la Ley SECURE 2.0. A partir de 2033, esa edad será de 75 años.
Transferencias y Rollovers
Puedes transferir fondos de tu plan 457(b) gubernamental a un Roth IRA, un 401(k), un 403(b) u otro plan gubernamental 457. Sin embargo, si tienes un plan 457(f) en una organización sin fines de lucro privada, debes estar preparado para pagar impuestos cuando te jubiles, ya que todo el monto de tu cuenta se considera imponible al momento de tu separación del servicio.
En resumen, los planes de jubilación 457 son complicados y es fundamental comprender las reglas específicas de cada tipo de plan. Consultar con un asesor financiero o un experto en planificación fiscal antes de la jubilación te ayudará a aprovechar al máximo estos dólares diferidos fiscalmente sin infringir regulaciones.
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